Sociedad

Decreto Supremo 5749: Nuevo canal anónimo para denunciar extorsión judicial en Bolivia

El presidente Rodrigo Paz aprobó el DS 5749, creando un canal anónimo para denunciar extorsión judicial contra fiscales, jueces y policías, con protección al denunciante y garantiza seguimiento penal sea necesario, remitendo a autoridades competentes.

Decreto Supremo 5749: Nuevo canal anónimo para denunciar extorsión judicial en Bolivia

Un nuevo arma contra la extorsión judicial se alza en medio de la tormenta que sacude al Ministerio Público. El presidente Rodrigo Paz firmó el Decreto Supremo 5749 el 13 de octubre, creando un canal oficial para denunciar a fiscales, jueces, magistrados, policías y funcionarios de Derechos Reales que cobren dinero o favores a cambio de manipular procesos.

La medida llega cuando el país vive una crisis institucional sin precedentes: el exfiscal general Róger Mariaca está detenido bajo acusaciones de vínculos con una organización criminal dedicada al narcotráfico y a la legitimación de ganancias ilícitas. En ese contexto, el gobierno busca reforzar la lucha contra la corrupción con una herramienta que promete anonimato y seguimiento.

Según el artículo 2 del decreto, son denunciables "la exigencia, solicitud, cobro o recepción indebida de dinero, dádivas, favores, promesas o ventajas patrimoniales", tanto para beneficio propio como de terceros. La norma abarca a funcionarios en ejercicio y a exservidores, y cubre cualquier intento de admitir, acelerar, paralizar, retrasar, desviar o abstenerse de realizar actuaciones judiciales o administrativas a cambio de un soborno.

"La reserva de identidad podrá aplicarse a solicitud expresa del denunciante o de oficio, sustituyéndose los datos personales por un código alfanumérico único y confidencial."

El Viceministerio de Transparencia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, será el encargado de recibir, registrar y canalizar las denuncias. Se habilitarán dos vías: las oficinas centrales o enlaces departamentales y una plataforma digital que el gobierno debe difundir en un plazo de cinco días hábiles desde la publicación del decreto.

La protección del denunciante es uno de los pilares del DS 5749. Durante el trámite administrativo, la identidad queda bajo custodia del Viceministerio, codificada y aislada de cualquier acceso no autorizado, bajo pena de responsabilidad penal y administrativa. Sin embargo, la reserva no es permanente: si el caso avanza a la justicia penal, la continuidad de la protección dependerá de la autoridad competente y podrá revocarse mediante una resolución motivada si se comprueba falsedad o mala fe.

Una vez presentada la denuncia, el Viceministerio verificará los requisitos formales y decidirá si la gestiona directamente o la remite a la unidad correspondiente. Los antecedentes podrán enviarse a instancias disciplinarias del Ministerio Público, Órgano Judicial, Tribunal Constitucional, Derechos Reales o Policía, y, cuando haya indicios de delito, al Ministerio Público para iniciar una acción penal pública. En ciertos procesos, el Ejecutivo podrá actuar como coadyuvante o querellante.

El decreto deja claro que la recepción de denuncias no implica suspender plazos ni interferir en la función de los órganos investigados. El artículo 8 prevé protocolos de coordinación con el Tribunal Supremo de Justicia, el Consejo de la Magistratura, el Tribunal Constitucional, la Fiscalía General y la Policía Boliviana, sin menoscabar su independencia.

Esta iniciativa se suma al Decreto Supremo 5706 de septiembre, que declaró la lucha contra la corrupción como prioridad nacional y amplió las atribuciones del Viceministerio de Transparencia. Con el 5749, el Ejecutivo busca no solo crear un canal de denuncia, sino también enviar un mensaje contundente: la extorsión dentro del sistema de justicia ya no podrá ocultarse tras la sombra de la impunidad.

El desafío ahora es convertir la herramienta en acción concreta y demostrar que la transparencia puede romper el círculo vicioso que ha alimentado la corrupción judicial.